ISLA MUJERES, 09 de febrero.- La instancia facultada para intervenir en conflictos que se sucinta entre trabajadores y sus sindicatos es el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de Chetumal, lugar al que se turna el caso de los trabajadores expulsados por el organismo como derecho a su defensa.

Explico que de acuerdo a los estatutos internos que rige al SUTSAIM y a quien sea acusado por alguna organización tiene el derecho a defenderse y en este caso según los denunciantes la titular del SUTSAIM Isabel Ceh Chan les niega ese derecho ante la asamblea.
Dijo que de acuerdo a la ley mientras no exista una resolución emitida por el Tribunal Estatal de Conciliación, ninguno de sus agremiados pueden dejar de percibir sus derechos como sindicalizados.
Añadió que entre los artículos 74 a la 96 se indica que los sindicatos estarán registrados ante el tribunal de conciliación y arbitraje estableciendo los estatus que regirá la vida del gremio, así como la relación de sus integrantes.
También indica en el artículo 83 que los trabajadores con mala conducta o falta de solidaridad pueden ser expulsados del sindicato y perderán sus derechos que la ley les concede, pero el procedimiento para su expulsión se establecerá de conformidad con lo que señale los estatus del mismo.
Dejo en claro que desde el 2001 existe una ley que prohíbe que los líderes sindicales apliquen la clausula de exclusión, es decir que cuando se expulsaba a algún miembro del sindicato el líder o el comité solicitaba al patrón o dependencia dar de baja al empleado, situación que en la actualidad no es válido.
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